El impacto del rayo ha tenido siempre, en el ideario popular, una fuerza especial, mezcla de temor y reverencia. El rayo era uno de los símbolos más obvios del poder de la Naturaleza, el cetro divino. El rayo es un espectáculo fascinante y, a la vez, un fenómeno inquietante y peligroso. El grosor de un relámpago es sólo de unos cuantos centímetros pero tiene una tensión de mil millones de voltios, que se descargan en una fracción de segundo. Para entendernos, su intensidad luminosa equivale a la de 1.000.000 de bombillas de 100 W.

Hoy, se entiende mejor el fenómeno del rayo. El rayo nace en masas de nubes que pueden alcanzar varios kilómetros de grosor. Importantes corrientes ascendentes provocan la polarización de estas masas de nubes. Al ionizarse, la base de estas nubes se cargan de partículas negativas; el suelo reacciona cargándose positivamente. A la diferencia de carga entre el suelo y las nubes se le llama tensión. Cuando dicha tensión alcanza cierta magnitud, se crea un corredor conductor tomado por las cargas que posibilita la descarga de las nubes: es el rayo, una enorme descarga eléctrica.

Sería un error pensar que la caída de un rayo es un fenómeno puntual, aislado y más bien esporádico. El rayo impacta entre 50 y 100 veces por segundo en el mundo siendo la intensidad media mundial de 20.000 amperios, si bien algunos rayos alcanzan los 200.000 amperios. Caen sobre la Península unos 2.000.000 de rayos al año. Teniendo en cuenta esta frecuencia y la virulencia de algunas descargas, resulta fácil imaginar que los daños derivados, tanto por impacto directo como indirecto, en personas, animales o bienes materiales son cuantiosos: su cifra asciende a miles de millones.

Si bien la descarga de un rayo, en el estado actual de los conocimientos científicos, es inevitable, es posible protegerse de él. En 1750, Benjamín Franklin descubrió las características del pararrayos. Su invento se fue aplicando a la protección de edificios. El pararrayos es un conductor conectado con la tierra. Es como si, en ese sitio, el suelo se alzara a la altura del pararrayos. Las cargas toman, indefectiblemente, dicho atajo.

Dada la magnitud de los daños que puede causar el impacto de un rayo, no es de extrañar que, con vistas a proteger la integridad de las personas así como de las estructuras, se legislara en este ámbito. Recientemente, a principios de 2006, entró en vigor un nuevo Código Técnico de Edificación (CTE), cuyo apartado de seguridad de utilización nº 8 “Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo”, estipula claramente la obligatoriedad de la instalación de dispositivos que proporcionen protección externa e interna frente a esta contingencia natural. Dicha obligatoriedad atañe a los siguientes edificios:

  • Edificios en los que se manipulen sustancias tóxicas, radioactivas, altamente inflamables o explosivas
  • En los edificios cuya altura es superior a 43 m
  • Siempre que la frecuencia esperada de impactos sea mayor que el riesgo admisible.

El cálculo de la frecuencia esperada de impactos tiene en cuenta varios parámetros tales como la ubicación geográfica (número de impactos sobre el terreno por km2 y año), la superficie equivalente de captura de la estructura a proteger en m2, así como la situación del edificio con relación a su entorno (aislado, próximo a otros edificios o árboles de la misma altura o incluso más altos, rodeado de edificios más bajos o aislado sobre una colina o promontorio…); en cuanto al riesgo admisible, su cálculo considera el tipo de construcción ( estructura y cubierta metálicas, de hormigón o de madera), el contenido del edificio (inflamable o no) o su uso (de concurrencia, de uso sanitario, comercial o docente), así como la necesidad de continuidad de la actividades que en ellos se desarrollan (hospitales, bomberos, policía…) o la posibilidad de impacto ambiental grave.

Dicho esto, una vez establecida la necesidad o sencillamente la obligatoriedad de instalar una protección contra los daños causados por el impacto del rayo, cabe mencionar que, para llevarlo a cabo de una manera óptima y eficaz, se requieren al menos dos elementos principales.

El primer elemento, exterior, protegerá la estructura de un impacto directo. Este elemento es el que se conoce como pararrayos. Se instala en el tejado, y consiste en una punta captadora, conectada a una bajante, cuya finalidad es la evacuación sin peligro de las cargas a la tierra, minimizando los riesgos de incendio y explosión.

El segundo elemento es, a su vez, una instalación interior que va dirigida a proteger nuestras instalaciones eléctricas. Impide la penetración de las descargas y sus corrientes residuales provocadas por el impacto indirecto de un rayo; es decir, cuando el rayo no cae directamente sobre la estructura sino en un radio de 1,5 kilómetro. Protege así mismo la instalación eléctrica de las sobretensiones derivadas de un impacto sobre la línea que le suministra el fluido eléctrico o sobre la línea telefónica.

Este sistema de protección contra el rayo o SPCR es necesario si queremos disfrutar de una protección eficaz y segura de nuestros bienes y de los seres que comparten nuestras casa o nuestros negocios.